Academia Ábacos Centro de Estudios

Publicado: Sábado, 24 Febrero 2018 19:08

Hoy se publica en el DOE el Real Decreto 84/2018, de 23 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley. Puedes acceder al contenido en este ENLACE.

NOVEDADES

Se incrementa la valoración de la fase de concurso con respecto a la normativa vigente. La ponderación de las puntuaciones de las fases de oposición y concurso, será de un 60% para la fase de oposición (antes era 66,66%) y de un 40% para la fase de concurso (antes era 33,33).

Se amplía el número de temas a elegir para el desarrollo por escrito de un tema:

  • En aquellas especialidades que tengan un número no superior a veinticinco temas, deberá elegirse entre tres temas (hasta ahora se elegía entre dos).
  • En aquellas especialidades que tengan un número superior a veinticinco temas e inferior a 51, deberá elegirse entre cuatro temas (hasta ahora se elegía entre tres).
  • En aquellas especialidades que tengan número superior a cincuenta temas, deberá elegirse entre cinco temas (hasta ahora se elegía entre cuatro).

Se modifica el valor de la puntuación asignada a la experiencia docente previa, quedando así:

  • Experiencia previa: Máximo siete puntos (hasta ahora el máximo era cinco puntos).
  • Formación académica: Máximo cinco puntos (se mantiene la misma puntuación).
  • Otros méritos: Máximo dos puntos (se mantiene la misma puntuación).

Se amplía el número de años a valorar para el cómputo de la experiencia docente previa de los aspirantes, para la que se tendrá en cuenta un máximo de diez años (hasta ahora el máximo era de cinco años), cada uno de los cuales deberá ser valorado en uno solo de los apartados señalados a continuación conforme a los siguientes criterios:

  • Por cada año de experiencia docente en especialidades del cuerpo al que opta el aspirante, en centros públicos: 0,700 puntos.
  • Por cada año de experiencia docente en especialidades de distintos cuerpos al que opta el aspirante, en centros públicos: 0,350 puntos.
  • Por cada año de experiencia docente en especialidades del mismo nivel educativo que el impartido por el cuerpo al que opta el aspirante, en otros centros: 0,150 puntos.

Por cada año de experiencia docente en especialidades de distinto nivel educativo que el impartido por el cuerpo al que opta el aspirante, en otros centros: 0,100 puntos.